Tecnicas de Litigacion Oral
Este tema de la evolución de las técnicas de oralidad está vinculada con el desarrollo de los sistemas procesales penales, de modo que su papel es más o menos predominante según el estilo de proceso ante el cual se esté. Por ello en el marco histórico de las técnicas del interrogatorio es inevitable realizar un recorrido, en apretada síntesis, por los distintos sistemas procesales.
EL PRINCIPIO DE ORALIDAD
👉En este caso el procedimiento oral es infinitamente superior al escrito porque asegura en máximo grado la inmediación, es decir, un contacto directo y simultáneo de los sujetos procesales que están en proceso y con los medios de prueba en que debe basarse la discusión plena de las partes y la decisión definitiva del juzgador y que, llevada al tema de la prueba pericial.
Técnicas de Litigación Oral, estas comprenden: las técnicas respecto a los alegatos iniciales, el interrogatorio propiamente dicho, el cual se divide en:
Interrogatorio directo, el contra interrogatorio interrogatorio redirecto y el recontrainterrogatorio, la objeciones por vicios de forma y de fondo, y el trámite de su resolución, y finalmente, en cuanto a los alegatos finales.
La técnica de la oralidad requiere en cuanto a partir de un diseño específico vis a vis la estructura formal del proceso judicial y en consecuencia, de los actos de todos y cada de los que participan del mismo para tener un excelente argumento.
Su estructura desde el saber hasta el punto que es eficiente hasta donde alcanza la eficacia para su aplicación en el marco de la normativa jurídica procesal, entre el juicio oral y las técnicas de oralidad se enlaza por medio de una vinculación activa de carácter recíproco. Esta conexión es la que hace posible la lógica de los procesos del conocimiento aplicado en las técnicas de oralidad al caso concreto necesariamente deben de conducir a la formulación de los argumentos explícitos es decir las condiciones necesarias en la construcción justificada en cuanto tiene una exigencia de racionalidad en la estructura del sistema oral.
La técnica en la oralidad tiene sus
propios controles y sus propios instrumentos de aplicación, esto implica la
presencia de parámetros y referentes absolutos desde los que se aplica en cada
caso la técnica expositiva.
La condición necesaria de la técnica oral
es la racionalidad interna del propio discurso. donde hace posible la
consistencia en la argumentatividad comunicacional, y, por ende, la objetividad
de la expresión de la estructura del pensamiento. Sin embargo, dicha condición
es insuficiente cuando pueden ser cambiados los presupuestos de la lectura
Mediante el conocimiento de las técnicas de litigación oral se les da a conocer a los operadores de justicia los fundamentos, las reglas que se incorporan en los distintos interrogatorios exclusivamente el Interrogatorio Directo, el Contrainterrogatorio y las Objeciones, alegatos de apertura y de clausura de las cuales trató la investigación.
La utilización efectiva y correcta de la teoría sobres las técnicas de litigación oral supone necesariamente el desarrollo de las habilidades y destrezas de los operadores del mencionado sector que se logran mediante las constantes prácticas.
Es muy importante tomarlo en consideración porque al discutirse acerca de la opción entre un sistema oral y uno escrito, no se discute alrededor de cuestiones ideológicas, sino pragmáticas, y lo que debe tomarse en cuenta para adoptar uno en lugar del otro es, principalmente, su eficacia para realizar y cumplir los principios básicos y las garantías que constituyen la base del sistema procesal.
Cuando nos referimos a las técnicas de litigación oral se puede decir que son técnicas que pueden ser utilizados ya sea para acusar o defender dentro de un proceso penal, cada destreza de litigación tiene sus particularidades y un determinado grado de dificultad y esfuerzo.
Algunas
particularidades de cada caso, del nivel de preparación del abogado defensor y
del grado de organización, seriedad, responsabilidad y objetividad de cómo ha
estructurado la defensa técnica,
En el proceso judicial la oralidad, es decir el juzgador debe tomar el conocimiento de los hechos oralmente para toma de decisiones, ya sea para absolver o condenar. En otras palabras, podemos decir las partes deben probar su teoría del caso oralmente ante el juzgador, utilizando técnicas de litigación oral, esto quiere decir las partes deben provocar convicción oralmente y no procurar aspirar a probar la verdad de los hechos alegados.
Las partes deben procurar que la información vertida
dentro del proceso penal debe ser pertinente y de calidad, para que el juzgador
tome decisión adecuadamente.
Los
abogados adquirirán las siguientes competencias:
👉 Diferenciar
las distintas finalidades de cada momento del proceso, caracterizado por
realización de audiencias.
👉 Identificar
las necesidades de litigio previas a la producción de audiencias.
👉 Asumir
la importancia de proyectar las posibilidades de un caso desde el primer
momento de conocimiento del caso.
👉Elaborar
la teoría estratégica del caso, formulando la teoría de los hechos, la teoría
jurídica y la teoría probatoria.
Tenemos de tener en cuenta que en las técnicas de litigación oral existen diversos métodos en el cual una persona puede desenvolverse en una audiencia, su oralidad es muy importante a la hora de expresarse, muchas veces a la hora de litigar surge el miedo pero para evitar este tipo existen métodos que ayudan a tener una mejor oralidad.
Para finalizar es esencial al momento de litigar la teoría del caso, el interrogatorio, las objeciones,uso de registros, Alegatos finales e iniciales ya que nos sirven de fundamento de derecho del cliente para que asi las técnicas aprendidas nos ayuden mucho a la hora de explicar y hacer un buen argumento.
📖EJEMPLO DE CONTRAINTERROGATORIO
Escrito por:
Veronica Patricia Lemus Mazariego Materia: Fundamentos Informáticos







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